º. Establécense las siguientes cuantías máximas para giros a estudiantes en el exterior
Valor de las matrículas y demás derechos académicos que cobren las instituciones educativas.
Depósitos anticipados para tramitación de admisiones y cuotas de administración de programas de intercambio cultural.
Valor de los seguros de enfermedad y accidente.
Hasta US$ 300.00 para gastos de viaje de ida, e igual suma para el regreso.
Hasta US $ 400.00 anuales para libros y material de estudio.
Hasta US$ 400.00 por una sola vez para gastos de tesis.
Hasta US $ 500.00 mensuales para gastos de sostenimiento según los índices de costos por países.
Hasta US $ 250.00 mensuales para gastos de sostenimiento del cónyuge del estudiante, si no es estudiante y reside con éste en el exterior y siempre que se trate de programas de duración mayor de seis meses.
Hasta US $ 500.00 por una sola vez cada año, para gastos imprevistos debidamente comprobados.
Valor de tratamientos médicos y odontológicos en el exterior, previa demostración de cuantía, en aquellos casos en que no sean asumidos por los seguros.