°. Asignación de Obispo Castrense y Vicario Castrense Delegado. El Obispo Castrense percibirá una remuneración mensual de ocho millones setecientos mil doscientos setenta pesos ($8.700.270) moneda corriente, de la cual el cincuenta por ciento (50%) corresponderá a asignación básica y el cincuenta por ciento (50%) restante a gastos de representación; el Vicario Castrense Delegado percibirá mensualmente un sueldo básico de siete millones ciento sesenta y seis mil seiscientos doce pesos ($7.166.612) moneda corriente, de la cual el cincuenta por ciento (50%) corresponde a asignación básica y el cincuenta por ciento (50%) restante a gastos de representación.
Artículo 7
Asignación De Obispo Castrense Y Vicario Castrense Delegado
Decreto 324 de 2018 · Por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares; Oficiales, Suboficiales y Agentes de la PolicÃa Nacional; Personal del Nivel Ejecutivo de la PolicÃa Nacional, y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la PolicÃa Nacional; se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.