° Tanto en la Comisión Nacional como en las regionales se dará participación a la comunidad organizada, de acuerdo con reglamentación que dicte el Ministerio de Gobierno.
Decreto 1929 de 1979 →Vigente
Artículo 9
Tanto En La Comisión Nacional Como En Las Regionales Se Dará Participación A La Comunidad Organizada, De Acuerdo Con Reglamentación Que Dicte El Ministerio De Gobierno
Decreto 1929 de 1979 · Por el cual se crea la comisión Nacional de Coordinación Interinstitucional para programas de desarrollo de la comunidad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.