Micelio

Artículo 6

Ley 70 de 1880 · Que reforma las de correos i telégrafos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 6.° Tambien puede enviarse correspondecia a domicilio a las Oficinas postales que tengan Cartero. Esta correspondencia traerá adherida, ademas de las estampillas o estampillas del porte, una triangular al respaldo, del valor de diez centavos, i se espresará en seguida de ella la direccion. Esta correspondencia se llevará a la direccion que esprese, dentro de las dos horas siguientes a su recibo. En el caso de haber mudado de domicilio la persona a quien se envie, i de no haberse éste se mantendrá en la Oficina hasta que se sepa o sea solicitada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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