Micelio

Artículo 65

Decreto 1403 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo No. 62 del 29 de junio de 1994 del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales que adopta la estructura interna y establecen las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- El Departamento Nacional de Soporte Técnico cumplirá las siguientes funciones

a)

Investigar, mantener, optimizar y resolver los problemas de la utilización de las herramientas de soporte lógico del Instituto.

b)

Establecer los estándares tecnológicos que permitan orientar los desarrollos y las adquisiciones de servicios informáticos.

c)

Coordinar con las áreas de la Gerencia y con los fabricantes, el estudio y solución de fallas en los aspectos técnicos generales y en los programas.

d)

Asistir a todas las dependencias, en coordinación con el Departamento de Apoyo al Usuario, en la planeación para la adquisición e instalación de nuevos equipos, sistemas operacionales y programas producto.

e)

Participar en el análisis y diseño de los sistemas de información, con el propósito de dimensionar y establecer las necesidades de infraestructura computacional y de comunicaciones.

f)

Actualizar y capacitar al personal de la Gerencia en el uso, facilidades y servicios de los sistemas operacionales.

g)

Atender y verificar la correcta utilización de los recursos de comunicaciones por parte de las áreas de la Gerencia de Informática y las diferentes dependencias usuarias del Instituto.

h)

Efectuar evaluaciones periódicas sobre asignación y utilización de los equipos, tanto en el nivel nacional como en los demás niveles.

i)

Prestar asistencia a la Gerencia en la elaboración de especificaciones técnicas para la adquisición de equipos computacionales y de comunicaciones, y la evaluación técnica de las propuestas.

j)

Definir los estándares y metodología para la reglamentación y elaboración de normas.

k)

Las demás que se le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1403 de 1994