Artículo séptimo. El Instituto de Capacitación y Perfeccionamiento del Magisterio de Enseñanza Primaria funcionará con el siguiente personal: 1 Funcionario Ejecutivo III, con carácter de Director, y sueldo mensual de $ 1.250.00. 1 Funcionario Ejecutivo II, con carácter de Coordinador de Inspectores Departamentales, y sueldo mensual de $ 1.000 00. 9 Funcionarios Ejecutivos II, con carácter de Profesores de tiempo completo, y sueldo mensual de $ 1.000.00 cada uno. 1 Dibujante III, con carácter de profesor auxiliar, y sueldo mensual de $ 560.00. 1 Estadígrafo I, con carácter de profesor auxiliar, y sueldo mensual de $ 560.00. 1 Oficial de Estadística IV, con sueldo mensual de $ 475.00. 1 Operario de Equipo Mecánico II, con sueldo mensual de $ 380 00. 2 Mecanógrafos III, con sueldo mensual de $ 350.00 cada uno. 2 mecanógrafos III con sueldo mensual de $325.00 cada uno. 1 Mensajero II, con sueldo mensual de $ 250.00. 1 Auxiliar de Administración I, con sueldo mensual de $ 200.00.
Los cargos de Director, Coordinador y profesores de tiempo completo del Instituto se considerarán de carácter docente, y los designados deberán pertenecer a la primera categoría de cualesquiera de las ramas del Escalafón Nacional.