El nombre del director del periódico se imprimirá a la cabeza de cada ejemplar del mismo, bajo multa de $ 20.00 a $ 100.00, que se impondrá al director por la respectiva autoridad de policía, por cada número del periódico en que se viole esta disposición.
Se presume de derecho que quien figure en la cabeza del periódico como su director desempeña las funciones de tal, para los efectos de la presente ley.