Sesiones. El Consejo Directivo se reunirá ordinariamente en el último mes de cada trimestre del año calendario, previa convocatoria del Secretario y extraordinariamente cada vez que sea convocado por su Presidente o por el servidor público con funciones de gerente del Fondo, a iniciativa propia o por solicitud de dos (2) de sus miembros. Las citaciones a las reuniones ordinarias se harán a través de la Secretaría del Consejo Directivo, con una antelación mínima de tres (3) días comunes, por cualquier medio.
Decreto 1890 de 1999 →Vigente
Artículo 68
Decreto 1890 de 1999 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Justicia y del Derecho y se dictan otras disposiciones sobre la materia relacionadas con las entidades que integran el Sector Administrativo de Justicia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.