Modifíquese el artículo 11 del Decreto 1900 de 2013, el cual quedará así: "Artículo 11. Subgerencia Administrativa. Son funciones de la Subgerencia Administrativa, las siguientes
Planear, dirigir y controlar la administración del talento humano para el desarrollo y evaluación integral de sus competencias.
Planear y ejecutar el plan de compras conforme a las políticas determinadas y los lineamientos de la contratación establecidos para la entidad.
Administrar los bienes muebles e inmuebles de la entidad en relación con su mantenimiento, modernización, operación y demás aspectos que se requieran.
Administrar la gestión documental y archivo de la entidad, en relación con la conservación, preservación y custodia según lo dispuesto por la normativa vigente sobre la materia.
Prestar los servicios logísticos y de infraestructura requeridos por las dependencias para el desarrollo de las operaciones y el cumplimiento de las funciones asignadas.
Coordinar la aplicación del régimen disciplinario y conocer en primera instancia los procesos que se adelanten contra los funcionarios de la entidad, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente sobre la materia.
Las demás que se le asignen o le correspondan por su naturaleza."