Micelio

Artículo 17

Decreto 1066 de 1999 · por el cual se establece la estructura del Banco Agrario de Colombia, S. A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Gerencia Prevención del Lavado de Activos. La Gerencia de Prevención del Lavado de Activos tendrá las siguientes funciones

a)

Dirigir, vigilar y coordinar la ejecución de los programas adoptados y en el despacho correcto y oportuno de los asuntos de su competencia;

b)

Proponer políticas, procedimientos y métodos de control que conlleven a implementar un adecuado sistema integral para la prevención del lavado de activos;

c)

Controlar y verificar la observancia de todos los procedimientos establecidos por la Ley, las Entidades de inspección y vigilancia y por la Entidad para evitar y prevenir el lavado de activos en la misma;

d)

Reportar las faltas que comprometan la responsabilidad de los funcionarios de la Entidad;

e)

Diseñar el plan de capacitación para difundir el tema del lavado de activos a todos los funcionarios y asegurar el cumplimiento de dicho plan;

f)

Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 1999