º El Ministerio de Guerra, por medio de una resolución, reglamentará la manera como habrán de ser elegidos los diez soldados del Ejército y los dos alumnos de la Escuela Militar de Cadetes, a quienes se deberá premiar con la Medalla Militar Córdoba , conforme a lo establecido en el artículo 7º de la citada Ley 65 de 1928; determinará las formalidades que habrán de llenarse para la entrega y fijará las fechas en que ésta se verifique.
Artículo 7
El Ministerio De Guerra, Por Medio De Una Resolución, Reglamentará La Manera Como Habrán De Ser Elegidos Los Diez Soldados Del Ejército Y Los Dos Alumnos De La Escuela Militar De Cadetes, A Quienes Se Deberá Premiar Con La Medalla Militar Córdoba , Conforme A Lo Establecido En El Artículo 7º De La Citada Ley 65 De 1928; Determinará Las Formalidades Que Habrán De Llenarse Para La Entrega Y Fijará Las Fechas En Que Ésta Se Verifique
Decreto 874 de 1929 · Reglamentario de la Ley 65 de 1928, sobre conmemoración del centenario de la muerte del General José María Córdoba
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.