Micelio

Artículo 132

Ejecutoria De Las Providencias

Decreto 1797 de 2000 · por el cual se expide el Reglamento de Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares.

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

EJECUTORIA DE LAS PROVIDENCIAS . Las providencias quedarán ejecutoriadas cinco (5) días después de la última notificación hecha a las partes, si contra ellas no procede o no se interpone recurso. Las providencias que decidan los recursos de apelación o de queja, así como la de consulta, quedarán en firme el día en que sean suscritas por el funcionario correspondiente; aquellas que se dicten en audiencia, al finalizar ésta, a menos que procedan o se interpongan los recursos en forma legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2001
    C-713/01ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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