Micelio

Artículo 1

Decreto 419 de 1956 · Por el cual se crea un cargo en el Ministerio de Minas y Petróleos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. A partir de la fecha del presente Decreto, créase en el Ministerio de Minas y Petróleos, División Nacional de Petróleos, el cargo de Inspector Nacional del Oleoducto del Pacífico, con residencia en Yumbo, con asignación de setecientos pesos ($ 700.00) mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 419 de 1956