Los Directores Departamentales de Higiene podrán imponer multas a los agentes de la Administración Pública que no les prestaren el apoyo del caso para hacer cumplir lo dispuesto en la Ley y en este Decreto. Dichas multas podrán ser de cinco a cincuenta pesos. Comuníquese y publíquese
Decreto 355 de 1923 →Vigente
Artículo 14
Los Directores Departamentales De Higiene Podrán Imponer Multas A Los Agentes De La Administración Pública Que No Les Prestaren El Apoyo Del Caso Para Hacer Cumplir Lo Dispuesto En La Ley Y En Este Decreto
Decreto 355 de 1923 · En desarrollo de la Ley 85 de 1922, que reforma las que reglamentan el ejercicio de la profesión médica y sus auxiliares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.