Asignación de puntos por capacitación técnica y pedagógica. Para la asignación de puntos en la evaluación ordinaria anual, se tendrán en cuenta la capacitación realizada durante la vigencia que se está evaluando, a la cual se le aplicará la siguiente ponderación: Instructor: Por cada ciento veinte (120) horas, 2 puntos. En caso que el programa tomado tenga una duración superior a treinta (30) horas y sea meramente asistencial, se reconocerá únicamente el cincuenta por ciento de la intensidad horaria acreditada.
Para la evaluación inicial se tendrán en cuenta los siguientes puntajes máximos según el número de horas de capacitación acumuladas de acuerdo con los siguientes rangos
De 120 a 500 horas: 3 puntos
De 501 a 1.000 horas: 5 puntos
De 1.001 a 1.500 horas: 8 puntos
De 1.501 horas en adelante: 12 puntos