El Fondo para la Participación Ciudadana, previsto por la Ley 134 de 1994, desarrollado por el Decreto 2629 de ese mismo año y reformado por la Ley 199 de 1995, es un sistema de manejo de cuenta, sin personería jurídica; cuyo objeto sería el de financiar los programas de la democracia de participación ciudadana, mediante la difusión de sus procedimientos, la capacitación de la comunidad para el ejercicio de las instituciones y mecanismos de participación, así como el análisis y evaluación del comportamiento participativo y comunitario.
Decreto 372 de 1996 →Vigente
Artículo 53
Decreto 372 de 1996 · Por el cual se establece la estructura interna del Ministerio del Interior, se determinan sus funciones y se dictan disposiciones complementarias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.