Micelio

Artículo 1

Ley 138 de 1948 · Por la cual se auxilia la población de Boyacá en el Departamento de Boyacá, y se reforman las Leyes 70 y 172 de 1938

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

000), para la construcción de la Casa Municipal de la población de Boyacá (Boyacá), con base en la Ley 71 de 1946 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 138 de 1948