Micelio

Artículo 6

Todo Material Vegetal, Los Animales Y Sus Productos Y Demás Medios De Diseminación De Plagas Y Enfermedades Procedente Del Extranjero

Decreto 2375 de 1970 · Por el cual se dictan normas sobre sanidad apropecuaria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Todo material vegetal, los animales y sus productos y demás medios de diseminación de plagas y enfermedades procedente del extranjero. Se someterte a Inspección en los puertos de entrada y puestos fronterizos, conforme al procedimiento que se Indique en la reglamentación que al efecto expida el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2375 de 1970