Toda persona que ponga su firma en un instrumento do otro modo que como otorgante, girador o aceptante, se entiende que es endosante, a menos que indique claramente con palabras apropiadas su intención de ligarse solamente en otro carácter.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.