Autorizase al Comité Nacional para que al finalizar el presente ejercicio proceda a liquidar definitivamente las rentas ordinarias a favor de los Comités Departamentales. Sus valores, a medida que se presenten las correspondientes liquidaciones, serán comunicados a los Comités departamentales y abonados en una cuenta especial a favor de cada Comité, donde se registrarán, además, los rendimientos provenientes de la inversión que de los precitados recursos haga la Oficina Central. Estos recursos podrán ser transferidos a los Comités Departamentales una vez aprobado el correspondiente acuerdo por parte del Subcomité Ejecutivo y pasarán de esta manera a ser ordinarios de los Comités Departamentales para la vigencia de 1977.
Dado en Bogotá, D.E., a los veintiséis (26) días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis 1976).
El Presidente,
(Fdo), Hernán Palacio Jaramillo.
El Secretario,
(Fdo), José Fernando Jaramillo H.