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Artículo 24

Funciones De La Dirección Territorial Y Atención Multimodal

Decreto 10 de 2025 · por el cual se adopta la estructura del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección Territorial y Atención Multimodal . Son funciones de la Dirección Territorial y Atención Multimodal, las siguientes

1.

Facilitar la comunicación y colaboración efectiva entre las distintas entidades regionales del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, asegurando la coherencia y alineación de las políticas y acciones en el ámbito de la salud en cada región.

2.

Supervisar y coordinar la gestión administrativa y asistencial de los servicios de salud en cada entidad regional, asegurando la prestación adecuada y eficiente de los servicios médicos y hospitalarios.

3.

Participar en la planificación y programación de los recursos asignados a cada entidad regional, garantizando su distribución equitativa y eficiente para cubrir las necesidades de salud de la población atendida.

4.

Contribuir al desarrollo de planes estratégicos y programas de salud específicos para cada región, en línea con las políticas y directrices nacionales, y adaptados a las necesidades y realidades locales.

5.

Fomentar la participación comunitaria y establecer relaciones sólidas con las comunidades atendidas por cada entidad regional, promoviendo la colaboración y el diálogo para mejorar la calidad y accesibilidad de los servicios de salud.

6.

Realizar el seguimiento y evaluación de las actividades y programas de salud implementados en cada región, utilizando indicadores de desempeño y resultados para identificar áreas de mejora y oportunidades de intervención.

7.

Coordinar las actividades administrativas y logísticas de cada entidad regional, incluyendo la gestión de recursos humanos, financieros y materiales, y asegurar el cumplimiento de las normativas y procedimientos establecidos.

8.

Promover el desarrollo de capacidades del personal de salud en cada entidad regional, mediante la formación continua, el apoyo técnico y la implementación de buenas prácticas y estándares de calidad.

9.

Establecer protocolos y procedimientos para la gestión de crisis y situaciones de emergencia en cada región, garantizando una respuesta rápida y efectiva ante eventos adversos o desastres naturales.

10.

Establecer alianzas estratégicas con instituciones públicas y privadas, organizaciones no gubernamentales y otros actores relevantes en cada región, para fortalecer la capacidad de respuesta y mejorar la cobertura de los servicios de salud.

11.

Fomentar la innovación y la mejora continua en la prestación de servicios de salud en cada región, mediante la implementación de nuevas tecnologías, prácticas y modelos de atención que permitan optimizar la calidad y eficiencia de los servicios.

12.

Rendir cuentas sobre la gestión realizada en cada entidad regional, mediante la presentación de informes periódicos y la participación en procesos de auditoría y evaluación externa, garantizando la transparencia y la responsabilidad en el uso de los recursos y resultados obtenidos.

13.

Supervisar la ejecución de los programas de salud pública a nivel regional, asegurando su alineación con las políticas y estrategias institucionales.

14.

Coordinar la capacitación y formación del personal de salud en las regiones, asegurando el desarrollo profesional continuo y la actualización en prácticas médicas y protocolos de atención.

15.

Establecer alianzas y colaboraciones con entidades gubernamentales, organizaciones no gubernamentales y otros actores clave a nivel regional, para fortalecer la prestación de servicios de salud y promover iniciativas de salud comunitaria.

16.

Monitorear y evaluar el desempeño de los servicios de salud en las regiones, mediante la recopilación y análisis de datos epidemiológicos, indicadores de calidad y satisfacción del paciente, con el fin de identificar áreas de mejora y buenas prácticas.

17.

Desarrollar estrategias de prevención y control de enfermedades endémicas y emergentes en las regiones, en coordinación con las autoridades de salud pública y otros organismos pertinentes.

18.

Coordinar la implementación de tecnologías de la información y comunicación en los servicios de salud regionales, para mejorar la gestión de la información clínica, la telemedicina y la comunicación interinstitucional.

19.

Promover la investigación científica y la innovación en salud a nivel regional, facilitando la participación en proyectos de investigación y el intercambio de conocimientos con otras instituciones y centros de investigación.

20.

Coordinar la prestación de servicios de salud en zonas apartadas mediante el transporte multimodal en las regiones asignadas, asegurando la disponibilidad y eficiencia de los recursos necesarios para ofrecer atención médica oportuna y de calidad a las comunidades remotas.

21.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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