Micelio

Artículo 39

El Artículo 163 De La Constitución Política Quedará Así: Toda Sentencia Deberá Ser Motivada

Decreto 834 de 1985 · Por el cual se ordena la publicación del Proyecto de Acto Administrativo número 6 Senado, y 190 Cámara de 1984, por el cual se reforma la Constitución Política

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 163 de la Constitución Política quedará así: Toda sentencia deberá ser motivada. Incurrirán en faltas disciplinarias los Magistrados y Jueces que divulguen antes de su expedición el contenido de las decisiones judiciales que no tengan el carácter reservado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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