° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO CAPITULO 0252 Rama Técnica . PROGRAMA 248 Inspección y control bancario . Servicios personales. 101 - 113 - 103 - Artículo 2583 Sueldos del personal de nomina 400.000.00 102 - 113 - 123. Artículo 2587 - A. Indemnización por vacaciones 12.500.06 102 - 113 - 127. Artículo 2587 - B. Subsidio de Transporte 6.800.00 Gastos generales. 105 - 113 - 201. Artículo 2588. Mantenimiento y asegures 34.237.11 105 - 113 - 301. Artículo 2589. Compra de equipo 70.000.00 106 - 213 - 203. Artículo 2590. Viáticos y gastos de viaje 300.000.00 106 - 113 - 311. Artículo 2594. Impresos y publicaciones 20.000.00 106 - 113 - 209. Artículo 2595. Arrendamientos 120.000.00 Suman los contracréditos $ 963.537.17 Créditos. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO CAPITULO 0252 Rama Técnica . PROGRAMA 248 Inspección y control bancario . Servicios personales. 101 - 113 - 109. Artículo 2585-A. Remuneración servicios técnicos $ 12.000.00 102-113-117. Artículo 2587. Prima de Navidad 255.785.62 Gastos generales. 106 - 113 - 205. Artículo 2591. Servicio de comunicaciones 65.000.00 106 - 113 - 207, Artículo 2592. Servicios públicos 25.000 00 106 - 113 - 305. Artículo 2593. Materiales y suministros 40.000.00 Transferencias 202 - 333 - 402. Artículo 2597. Caja de Previsión Social Superbancaria 565.751.55 Suman los créditos $ $ 963.537.17
Decreto 2234 de 1967 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1967: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Capitulo 0252 Rama Técnica
Decreto 2234 de 1967 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 963.537.17.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.