Micelio

Artículo 14

Oficina De Comunicaciones

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 14. Oficina de Comunicaciones . Conforme a las políticas e instrucciones del Director, son funciones de la Oficina de Comunicaciones, las siguientes

a)

Programar y ejecutar las campañas institucionales de divulgación orientadas a fortalecer la imagen de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y la oportuna publicidad de los asuntos de su competencia;

b)

Diseñar e implantar sistemas de comunicación e información para los funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, contribuyentes, usuarios, gremios y público en general;

c)

Efectuar la supervisión técnica de la ejecución de los contratos en materia de divulgación celebrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

d)

Diseñar, coordinar, controlar y evaluar los programas de divulgación y las actividades publicitarias que deban efectuarse;

e)

Propender por la debida difusión de los asuntos tributarios, aduaneros y de control de cambios por importación y exportación de bienes y servicios;

f)

Asesorar a la Dirección en la definición de las medidas tendientes al mejoramiento de la imagen institucional y la atención al público, y realizar estudios de análisis de opinión;

g)

Desarrollar políticas de comunicación para propender por la identidad institucional de los funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y asesorar en el establecimiento decanales de comunicación adecuados en todos los niveles de la entidad;

h)

Desarrollar las políticas y actividades inherentes a las publicaciones oficiales de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en coordinación con las demás dependencias; y

i)

Las demás que le asigne el Director.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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