Micelio

Artículo 1

Decreto 457 de 1956 · Por el cual se aumenta el valor del auxilio

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Elevase a la suma de doce mil pesos ($ 12.000), el auxilio anual concedido por el artículo 7o. de la Ley 72 de 1941 a la Sociedad Bolivariana de Bogotá, el cual se continuara pagando con cargo al presupuesto del Ministerio de Gobierno.

Parágrafo

Quedan suspendidas las disposiciones contrarias al presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 457 de 1956