Micelio

Artículo 60

Prima De Gastos De Representación

Decreto 2338 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prima de Gastos de Representación . Los Oficiales Generales de la Policía Nacional, en servicio activo, tendrán derecho a una Prima mensual de gastos de representación, correspondiente al treinta por ciento (30%) del sueldo básico.

Parágrafo

Igualmente tienen derecho a los gastos de representación de que trata este artículo, los Oficiales cuando no sean Generales Y desempeñen los cargos de Director General, Sub-director, Jefe de Estado Mayor de Planeación y Comandantes de Departamento de Policía. El personal a que se refiere este

Parágrafo

no tendrá derecho a cómputo de los gastos de representación en la asignación de retiro o pensión y demás prestaciones sociales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2338 de 1971