Micelio

Artículo 3

Decreto 34 de 1966 · Por el cual se adoptan medidas contra el régimen establecido en Rodesia del Sur

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. El Gobierno de Colombia no reconoce los expedidos o que se expidan por el régimen instaurado legítimamente en el territorio de Rodesia del Sur, a partir del 11 de noviembre de 1965. En consecuencia, los funcionarios del Servicio Diplomático y Consular de la República se abstendrán de aceptar documentos internacionales de identidad y de visar tales pasaportes, mientras no se expidan disposiciones en contrario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 34 de 1966