Micelio

Artículo 162

Las Sociedades Anónimas Contabilizarán El Deprecio O Demérito De Sus Activos Fijos Cargando La Cuenta De Perdidas Y Ganancias Con Abono A Otra Cuenta Cuyo Nombre Será "depreciación De

Decreto 2521 de 1952 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sociedades anónimas contabilizarán el deprecio o demérito de sus activos fijos cargando la cuenta de perdidas y ganancias con abono a otra cuenta cuyo nombre será "depreciación de . . .". Lo dicho en este artículo se aplicará también para la amortización de los activos intangibles, y la cuota adoptada deberá llevarse a una cuenta que se denominará "amortización de . . .".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2521 de 1952