º Trabajadores de las sociedades de economía mixta. Los trabajadores que prestan sus servicios en las sociedades de economía mixta, vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional, se rigen por las normas especiales consagradas en el acto de su creación y por el Código Sustantivo de Trabajo, aunque el aporte del Estado sea superior al noventa por ciento (90%) de su patrimonio. CAPITULO II Del Régimen de Asignaciones y Prestaciones Sociales.
Decreto 2334 de 1971 →Vigente
Artículo 6
Trabajadores De Las Sociedades De Economía Mixta
Decreto 2334 de 1971 · Por el cual se regula el régimen de remuneraciones y prestaciones sociales de los empleados públicos y trabajadores oficiales de las entidades descentralizadas adscritas o vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.