La Dirección General del Presupuesto se abstendrá de atender las solicitudes de acuerdos mensuales de gastos de partidas financiadas con recursos provenientes de la Nación, de aquellas entidades que debiendo atender el servicio de la deuda interna y externa, no lo hicieren dentro de los términos establecidos.
Para tal efecto, las entidades que hayan atendido este tipo de compromiso, deberán enviar a las Direcciones Generales del Presupuesto y de Crédito Público, en forma bimestral, una relación de las fechas de vencimiento y su valor respectivo, debidamente auditada.