El patrimonio del Fondo de Estabilización de Precios de Productos Agropecuarios y Pesqueros para el Algodón, constituirá una cuenta denominada Reserva para Estabilización . Esta reserva se formara con los recursos que ingresan al Fondo, en el porcentaje que determine el Comité Directivo. Cuando al final de un ejercicio presupuestal se presente superávit en dicha cuenta, este se deberá aplicar, en primer lugar, a cancelar el déficit de ejercicios anteriores y, en segundo termino, a constituir o incrementar los recursos de la misma cuenta, con el propósito de garantizar su destinación exclusiva a la estabilización de los respectivos precios.
Decreto 1827 de 1996 →Vigente
Artículo 10
Decreto 1827 de 1996 · por el cual se transforma el Fondo de Estabilización de Precios del Algodón.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.