° Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973. Presupuesto de Funcionamiento. CAPITULO 281 MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Programa 320 Asistencia y Protección Escolar - Colonias de Vacaciones. Servicios personales. 101-311 - 103- Artículo 3262. Sueldos del personal de nómina $1.253.360 Ordinales. 12. Bogotá, D.E $ 136.560 13 Medellín 407.080 14 Cartagena 185.680 15 Bucaramanga 295.980 16 Ibagué 228.080 102 - 311 - 117 - Artículo 3264. Prima de Navidad $ 153.810 12. Bogotá, D.E $ 14.210 13. Medellín 50.885 14. Cartagena 23.210 18. Bucaramanga 36.095 16. Ibagué 28.510 Gastos generales 105 - 311 - 201 - Artículo 3286. Mantenimiento y aseguras $ 10.000 Ordinales. 12. Bogotá, D.E $ 1.000 13. Medellín 3.000 14. Cartagena 2.000 15. Bucaramanga 2.000 16. Ibagué 2.000 105 - 311 - 203 - Artículo 3267. Compra- de equipo $ 54.000 Ordinales. 12. Bogotá, D. E $ 30.000 13. Medellín 6.000 14. Cartagena 6.000 19. Bucaramanga 6.000 16. Ibagué 6.000 106 - 311 - 207 - Artículo 3268. Servicio de comunicaciones $ 2.000 Ordinales. 13. Medellín $ 500 14. Cartagena 500 15. Bucaramanga 500 16. Ibagué 500 106 - 311 - 209 - Artículo 3269. Servicios públicos 16.600 Ordinales 12. Bogotá, D. E $ 600 13. Medellín 4.000 14. Cartagena 4.000 15. Bucaramanga 4.000 16. Ibagué 4.000 106 - 311 - 201 - Artículo 3270.Servicios Públicos $ 16.600 Ordinales. 12. Bogotá, D. E $ 18.000 13. Medellín 70.000 14. Cartagena 28.000 15. Bucaramanga 36.000 16. Ibagué 36.000 Suman los contracréditos $ 1.677.770
Decreto 1294 de 1973 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Contracréditos En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973
Decreto 1294 de 1973 · Por el cual se hacen unos contracréditos y se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973 (Ministerios de Salud Pública y de Educación Nacional), por $ 1.677.770.00
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.