°. El artículo primero de la Resolución Ministerial número 4057 del 13 de octubre de 1995, para celebrar un contrato por la suma de sesenta millones de dólares (US$60.000.000) de los Estados Unidos de América entre Isagen S.A. E.S.P. y la Financiera Energética Nacional S.A -FEN-,quedará así: "Autorízase Isagen S.A E.P.S. para celebrar un contrato emprésito con la Financiera Energética Nacional S.A. -FEN- hasta por el equivalente en pesos de cien millones de dólares (US$100.000.000) de los Estados Unidos de América, los cuales sesenta millones de dólares (US$60.000.000) de los Estados Unidos de América, contratarán las siguientes condiciones financieras: Plazo para su total amortización de diez (10) años contados a partir de 15 de junio de 1996 y su amortización se hará un (1) solo pago al finalizar dicho plazo. Tasa de interés igual al diez punto quinientos cuarenta y nueve por ciento (10.549%) nomina semestre vencido, causados a partir de la fecha de cada uno de los desembolsos, esta tasa incluye el margen de intermediación de la FEN del uno por ciento (1%). El pago de interés se efectuará el 15 de diciembre de 1996. Comisión de Colocación de cero punto seiscientos cincuenta por ciento (0.650) por una sola vez, pagadera en la fecha del primer desembolso. Estarán a cargo de Isagen S.A. E.P.S. los costos financieros en que incurra la Financiera Energética Nacional S.A -FEN-entre el 27 de junio de 1996 y la fecha en que se efectúen los desembolsos, entendidos dichos costos como la diferencia entre los intereses que debe pagar la Financiera Energética Nacional S.A -FEN- por esta porción de recursos y la remuneración que recibe por la colaboración de los mismos, y demás comisiones y gastos propios de esta clase de operaciones.
Decreto 2045 de 1996 →Vigente
Artículo 1
El Artículo Primero De La Resolución Ministerial Número 4057 Del 13 De Octubre De 1995, Para Celebrar Un Contrato Por La Suma De Sesenta Millones De Dólares (Us$60
Decreto 2045 de 1996 · por la cual se modifica el artículo primero de la Resolución Ministerial número 4057 del 13 de octubre de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.