Micelio

Artículo 31

Decreto 1725 de 1997 · por el cual se organiza internamente y se distribuyen las funciones de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de servicio de información. Conforme a las políticas e instrucciones de la oficina nacional de servicio y del director regional son funciones de la división de servicio de información, las siguientes

a)

Establecer las políticas de manejo de información y desarrollar sistemas de información de la regional, conforme a las políticas, estándares y metodologías establecidas por la oficina nacional de servicio de información;

b)

Difundir por medios cualquier medio tecnológico los asuntos tributarios, aduaneros y de control de cambios que permitan mejorar el servicio y el cumplimiento de las obligaciones y deberes con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

c)

Dirigir, coordinar, efectuar y controlar las labores de procesamiento de información de la regional;

d)

Elaborar propuestas de nuevos sistemas, servicios o mejoras a los mismos, su desarrollo y puesta en marcha bajo la coordinación de la oficina nacional de servicio de información;

e)

Dirigir, controlar y ejercer labores de interventoría de la adquisición, arrendamiento o mantenimiento de hardware software y comunicaciones para las distintas administraciones de la regional bajo la coordinación de la oficina nacional de servicio de información;

f)

Elaborar estudios y propuestas para mejorar la reglamentación de los procedimientos y para la utilización, actualización y administración de los sistemas de información por parte de las distintas administraciones de la regional bajo la coordinación del servicio nacional de información;

g)

Las demás que le sean asignada por el director regional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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