Artículo cuarto. Los gastos de que trata el artículo anterior, así como los de adquisición de la obra, se imputarán al Capítulo 703, artículo 7358, ordinal 5, literal 1), numeral 5) del Presupuesto de la actual vigencia.
Decreto 1505 de 1967 →Vigente
Artículo 4
, Ordinal 5, Literal 1), Numeral 5) Del Presupuesto De La Actual Vigencia
Decreto 1505 de 1967 · Por el cual se reglamenta la Ley 87 de 1962
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.