Micelio

Artículo 9

Decreto 786 de 1900 · por el cual se reorganiza transitoriamente el Jurado de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 9.° Cada comerciante principal gozará del sueldo de doscientos cincuenta y esos ($ 250) mensuales. Los suplentes tienen derecho al sueldo que corresponda al principal por el tiempo que lo reemplacen efectivamente; y el Magistrado de la Corte de Cuentas gozará de un sobresueldo á razón de cuatro pesos ($ 4) por cada sesión á que asista.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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