º Contratación directa. Se prescindirá de la licitación o del concurso de méritos, en los siguientes casos
Cuando se trate de transporte en el país, sujeto a tarifas señaladas por autoridades competentes, o cuando la cuantía del mismo no exceda el valor que el primero (1º) de enero del año en que se celebre el contrato tengan trescientas (300) unidades de poder adquisitivo constante UPAC.
Cuando se trate de contratos de obras públicas, distintos de los de administración delegada, cuyo valor sea inferior al valor que el primero ( 1º) de enero del año en que se celebre el contrato, tengan dos mil (2.000) unidades de poder adquisitivo constante UPAC.
Cuando se trate de contratos de consultoría y de obras públicas por administración delegada cuya cuantía no alcance el valor que tengan dos mil (2.000) unidades de poder adquisitivo constante UPAC el primero (1º) de enero del año en que se celebre el contrato
Cuando se trate de contratos de compraventa de bienes muebles cuya cuantía sea inferior al valor que el primero (1º) de enero del año en que se celebre el contrato tengan quinientas (500) unidades de poder adquisitivo constante UPAC. En el caso de que el precio de los bienes sea igual o superior al valor que el primero (1º) de enero del año en que se celebre el contrato tengan cien ( 100) unidades de poder adquisitivo constante UPAC e inferior a quinientas (500) unidades de poder adquisitivo constante UPAC de la misma fecha, se requerirá de tres (3) cotizaciones escritas.
El contrato de arrendamiento de inmuebles, y el contrato de arrendamiento de bienes muebles cuando la cuantía de este último no exceda al valor que el primero (1º) de enero del año en que se celebre el contrato, tengan cien (100) unidades de poder adquisitivo constante UPAC.
Cuando, se trate de contratos de compraventa o permuta de bienes inmuebles avaluados por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi en una suma inferior al valor que el primero (1º) de enero del año en que se celebre el contrato tengan tres mil (3.000) unidades de poder adquisitivo constante UPAC de la misma fecha.
Cuando se trate de contratos de prestación de servicios, previa autorización del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías -Dainco -.
Para la adquisición de bienes en épocas de escasez o deficiente abastecimiento o cuando exista urgencia evidente o se presente una inminente paralización o daño de un servicio público, previa calificación del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías -Dainco-.
Cuando se trate de contratos interadministrativos o que se celebren con la Cooperativa de Intendencias y Comisarías - Coinco - la Corporación de Desarrollo Araracuara o con cualesquiera otras entidades públicas descentralizadas directas o indirectas.
Cuando se trate de contratos con entidades públicas de países vecinos, especialmente para la ejecución de obras, prestación de servicios o compraventa de elementos que se requieran para los servicios públicos. previa autorización del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías - Dainco -.
En los casos y formas señalados en los numerales 1, 2, 3, 5, 10, 11 y 20 del artículo 43 del Decreto - ley 222 de 1983. Para los casos de este literal se entenderá que al Consejo de Ministros lo suple el Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías - Dainco-.