Micelio

Artículo 1

Decreto 2368 de 1948 · Por el cual se conceden unos permisos para funcionamiento de unas estaciones radiodifusoras en el país

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Facúltase al Ministerio de Correos y Telégrafos para que, en desarrollo del Decreto número 1787 del presente año, conceda, con carácter excepcional, para las ciudades de Popayán, Tunja, Neiva y Florencia, permiso para funcionamiento de una radiodifusora en cada ciudad, con poder entre 100 y 500 watts; en onda larga (banda de 530 a 1.600 kc.) y fije los derechos de funcionamiento. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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