Articulo 3º Todo programa académico de educación superior en sus diferentes modalidades académicas teóricas, actividades prácticas e independientes, de acuerdo con los requisitos mínimos para cada una de las carreras. Las instituciones de educación superior de acuerdo con la metodología de enseñanza que adopten y la naturaleza y orientación del plan de estudios, asignarán el número de ULAS para cada una de las asignaturas de la carrera.
Decreto 3191 de 1980 →Vigente
Artículo 3
Todo Programa Académico De Educación Superior En Sus Diferentes Modalidades Académicas Teóricas, Actividades Prácticas E Independientes, De Acuerdo Con Los Requisitos Mínimos Para Cada Una De Las Carreras
Decreto 3191 de 1980 · Por el cual se reglamenta las Unidades de Labor Académica de que trata el artículo 40 del decreto Extraordinario 80 de 1980
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.