º. Contra las providencias que dicte el Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, no procede sino el recurso de reposición para que se aclaren, modifiquen o revoquen, recurso que no suspende el cumplimiento de la providencia y el cual no podrá intentar el interesado sin haber depositado el valor de la multa respectiva.
Decreto 2731 de 1947 →Vigente
Artículo 3
Contra Las Providencias Que Dicte El Ministerio, De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, No Procede Sino El Recurso De Reposición Para Que Se Aclaren, Modifiquen O Revoquen, Recurso Que No Suspende El Cumplimiento De La Providencia Y El Cual No Podrá Intentar El Interesado Sin Haber Depositado El Valor De La Multa Respectiva
Decreto 2731 de 1947 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre restaurantes, hoteles y casas de hospedaje
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.