Artículo primero. Autorízase, al Gobierno Nacional para que por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expida cinco (5) pagarés, sin intereses, de deuda pública interna, por valor de doscientos mil pesos ($ 200.000.00) cada uno, o sea por un total de un millón de pesos ($ 1.000.000.00), a favor del Departamento del Valle, los cuales vencerán a razón de uno en cada una de las vigencias de 1955 a 1959.
Decreto 1974 de 1954 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1974 de 1954 · Por el cual se autoriza la emisión de unos títulos de deuda pública interna a favor del Departamento del Valle
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.