Art. 2°. El salón de las sesiones de la Cámara de Representantes se colocará un retrato del General Pérez; y, a su debido tiempo, el Gobierno nacional, por conducto de su Agente Diplomático en Francia, hará trasladar a esta ciudad los restos del expresado General para que sean entregados a su familia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.