Micelio

Artículo 6

De La Asignación Básica De Los Funcionarios Que No Se Encuentran Vinculados A La Planta De Personal

Decreto 448 de 1984 · Por el cual se establece la escala de remuneración de los empleos del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De la asignación básica de los funcionarios que no se encuentran vinculados a la planta de personal. Auméntase la asignación básica .mensual de las personas que desempeñan funciones de naturaleza permanente y que no se encuentran vinculadas a la planta de personal, en los porcentajes establecidos para los Funcionarios de seguridad Social en la Convención Colectiva de Trabajo vigente, celebrada entre el Instituto y el' Sindicato Nacional de Trabajadores del ISS; asi: Los primeros $ 35.625 en un 25%; el excedente entre$ 35.625 y $ 45.421 en un 24%; el excedente entre $ 45.421 y $ 62.887 en un 23%; el excedente entre $ 62.887 y $ 78.738 en un 21%; el excedente entre $ 78.738 y $ 98.778 en un 20% y la parte que exceda de $ 98.778 en un 17%.

Parágrafo

Las personas que no se encuentran vinculadas a la planta de personal y que cumplan funciones permanentes relacionadas con las actividades de aseo, jardinería, electricidad, mecánica, cocina, celaduría, lavandería, costura, planchado de ropa y transporte se sujetarán a lo estipulado en la Convención Colectiva vigente para los trabajadores oficiales.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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