Cuando existan rendimientos financieros generados por el Fondo de Devolución de Armas, dichos recursos serán incorporados en la Sección Presupuestal 1501 Ministerio de Defensa Nacional, como fuente de ingreso Fondos Especiales (Fondos Internos), los cuales serán utilizados de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Orgánico del Presupuesto.
Artículo 70
Cuando Existan Rendimientos Financieros Generados Por El Fondo De Devolución De Armas, Dichos Recursos Serán Incorporados En La Sección Presupuestal 1501 Ministerio De Defensa Nacional, Como Fuente De Ingreso Fondos Especiales (Fondos Internos), Los Cuales Serán Utilizados De Acuerdo Con Lo Establecido En El Estatuto Orgánico Del Presupuesto
Decreto 2590 de 2022 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.