° El Consejo estudiará los informes que reciba sobre las solicitudes presentadas, y enviará al Gobierno Nacional por conducto del Ministerio de Hacienda, sus recomendaciones, acompañadas del expediente respectivo. Las recomendaciones del Consejo al Gobierno son reservadas, pero una vez que el Gobierno decida por decreto la solicitud, el concepto que sirvió de base se comunicará al solicitante. Capítulo II Aplicación de los cambios en tarifas arancelarias
Decreto 1868 de 1972 →Vigente
Artículo 8
El Consejo Estudiará Los Informes Que Reciba Sobre Las Solicitudes Presentadas, Y Enviará Al Gobierno Nacional Por Conducto Del Ministerio De Hacienda, Sus Recomendaciones, Acompañadas Del Expediente Respectivo
Decreto 1868 de 1972 · Por el cual se desarrolla el artículo 45 de la Constitución Nacional, y la Ley 6 de 1971, y se reglamentan las funciones del Consejo Nacional de Política Aduanera
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.