Micelio

Artículo 10

Decreto 751 de 1957 · Por el cual se reglamenta el Decreto extraordinario número 0040 del año en curso en lo que dice relación al control de precios de drogas e importación de las mismas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo décimo. Conforme a lo dispuesto en la Ley 36 de 1939 y los Decretos 2214 de 1937, 1727 de 1940, y demás disposiciones vigentes, para los efectos del cumplimiento de los convenios internacionales sobre control de estupefacientes, la importación de las drogas que forman hábito, la materia prima y especialidades, la continuará haciendo el Ministerio de Salud Pública con dólares oficiales y exenta de impuestos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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