º . Los empleados públicos docentes de las Universidades Estatales u Oficiales que no optaron por el régimen salarial y prestacional previsto en el Decreto 1279 de 2002, continuarán rigiéndose por el régimen salarial y prestacional que legalmente les corresponde. A partir del 1º de enero de 2006, estos empleados públicos docentes tendrán derecho a la remuneración mensual que devengaban a 31 de diciembre de 2005 incrementada de acuerdo con los porcentajes de la tabla y procedimiento señalado en el artículo 1º del presente decreto.
Decreto 386 de 2006 →Vigente
Artículo 4
Decreto 386 de 2006 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional para los empleados públicos docentes y administrativos de las Universidades Estatales u Oficiales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
adicionado (verif_articulado: adiciónase el artículo 4° del decreto 386 de 2007) por decreto 2776/10 adicionado (verif_articulado: adiciónase un parágrafo al artículo 4º del decreto 386 de 2007) por decreto 733/08
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.