El balance general, liquidación, distribución de las utilidades o pérdidas de cada ejercicio anual, y todos los castigos y valorizaciones de activos, las capitalizaciones o repartos de utilidades si fuere el caso, deberán ser aprobados o modificados por la Junta Directiva por mayoría absoluta de votos. CAPITULO IX Fondos.
Decreto 617 de 1958 →Vigente
Artículo 46
El Balance General, Liquidación, Distribución De Las Utilidades O Pérdidas De Cada Ejercicio Anual, Y Todos Los Castigos Y Valorizaciones De Activos, Las Capitalizaciones O Repartos De Utilidades Si Fuere El Caso, Deberán Ser Aprobados O Modificados Por La Junta Directiva Por Mayoría Absoluta De Votos
Decreto 617 de 1958 · Que aprueba nuevos estatutos para el Instituto Nacional de Abastecimientos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.