Son .funciones del Departamento de Divulgación y Organismos Internacionales: 1ª. Efectuar por todos los medios adecuados la divulgación de los principios, objetivos, ventajas y realizaciones del seguro social. 2ª. Establecer contacto con los Órganos del Poder Público y de la opinión para los fines de su competencia. 3ª. Crear y dirigir bibliotecas de consulta de obras relativas al seguro social y materias afines. 4ª. Promover el intercambio con otros países de profesionales y estudiantes de las diversas materias relacionadas con el seguro social. 5ª. Mantener constante comunicación con las entidades similares extranjeras y con los organismos internacionales del Trabajo y de Seguridad Social. 6ª. Preparar los proyectos e iniciativas que el Instituto deba presentar a los Congresos y Conferencias Nacionales o Internacionales relacionados con la Seguridad Social. 7ª. Las demás que le señalare el Consejo Directivo o el Gerente General. SECCION CUARTA Departamento Médico.
Decreto 4225 de 1948 →Vigente
Artículo 37
Son
Decreto 4225 de 1948 · Por el cual se aprueban unos Estatutos del Instituto Colombiano de Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.