°. El Consejo de la Economía Nacional tendrá para su funcionamiento interno cuatro comisiones, a saber: Comisión de Banca, formada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público, el Gerente del Banco de la República, el Gerente del Banco Agrícola Hipotecario, el Gerente de la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero, el Presidente de la Cámara de Comercio y el Presidente de la Sociedad de Agricultores de Colombia. Comisión de Agricultura, que se compondrá del Ministro de Agricultura y Comercio, del Ministro de Obras Públicas, el Gerente del Banco Agrícola Hipotecario, el Gerente de la Caja de Crédito Agrario industrial y Minero, el Presidente de la Sociedad de Agricultores de Colombia, el Gerente de la Federación Nacional de Cafeteros y el Jefe de la Estadística Nacional. Comisión de Industrias, que se integrará con el Ministro de Industrias y Trabajo, el Ministro de Obras Públicas, el Presidente de la Federación Nacional de Industriales y Productores, el Presidente de la Cámara de Comercio y el Jefe de la Estadística Nacional. Comisión de Comercio, en la cual tomarán parte el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Hacienda Y Crédito Público, el Presidente de la Cámara de Comercio, el Gerente del Banco de la República y el Jefe de la Estadística Nacional.
Artículo 3
El Consejo De La Economía Nacional Tendrá Para Su Funcionamiento Interno Cuatro Comisiones, A Saber: Comisión De Banca, Formada Por El Ministro De Hacienda Y Crédito Público, El Gerente Del Banco De La República, El Gerente Del Banco Agrícola Hipotecario, El Gerente De La Caja De Crédito Agrario Industrial Y Minero, El Presidente De La Cámara De Comercio Y El Presidente De La Sociedad De Agricultores De Colombia
Decreto 777 de 1935 · Por el cual se reglamenta la Ley 23 de 1931, orgánica del Consejo de la Economía Nacional
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.